IMPUESTO DE SOCIEDADES
(Injusto para la Pequeña y Mediana Empresa)
El Impuesto de Sociedades es un tributo directo
y personal que grava la obtención de rentas por las sociedades y personas
jurídicas de acuerdo con la ley (artículos 1, 4 y 7 del Texto Refundido de la
Ley del Impuesto de Sociedades). Este impuesto es un tributo de carácter directo
que recae sobre las rentas que obtenga el sujeto pasivo residente en territorio
español, es decir, las sociedades y demás entidades jurídicas determinadas en el
artículo 7 de la Ley, cualquiera que sea su origen y el lugar donde se
genere.
El Impuesto sobre Sociedades se aplicará en
todo el territorio español excepto en los Territorios Históricos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, que tienen regímenes
especiales. Son sujetos pasivos de este impuesto las personas jurídicas (excepto
las sociedades civiles), los fondos de inversión, las UTE´s (uniones temporales
de empresas), los fondos de capital-riesgo, los fondos de pensiones, los fondos
de titulización hipotecaria y de activos, entre otros.
Lo cierto es que siempre me ha llamado la
atención la estructura de la cuantía de pago del impuesto. Es una tabla muy
simple:
Según esto, las pequeñas empresas españolas,
que son la gran mayoría, pagan cuotas del 20% al 25% si el beneficio no supera
los 300.000 euros, y del 25% al 30% si se supera esa cifra. Sin embargo, hace
tabla rasa del resto de empresas de tamaño medio o grande: la cuota es del 30%.
No parece lógico. Una empresa de tamaño medio
puede tener exiguos beneficios y se le imputará el 30%, mientras que grandes
empresas como Telefónica (5.402 millones de euros de beneficio en 2011) o el
Banco Santander (5.350) pagan el mismo porcentaje. Al igual que en el impuesto
sobre la Renta, estas cuotas podrían y deberían ser progresivas, con tramos que
partiendo el 30% fueran aumentando progresivamente en función de los beneficios.
Este sí sería un incremento recaudatorio de calado, que contribuiría a aliviar
el déficit público y ahorrar medidas de recorte social.
Además, hay que tener en cuenta que son
precisamente las grandes empresas las que por su naturaleza tienen mayor acceso
a las desgravaciones del impuesto, exenciones que, con el nivel de desempleo
actual, debieran orientarse –al menos temporalmente- a premiar a aquellas que
mantengan o incrementen los puestos de trabajo.